La asociación en participación es un contrato por el cual una
persona concede a otras que le aportan bienes o servicios,
una participación en las utilidades y en las pérdidas de una
negociación mercantil o de una o varias operaciones de
comercio.
La asociación en participación, al ser un contrato, no tiene
personalidad jurídica propia; sin embargo, las disposiciones
tributarias sí le conceden personalidad jurídica para los
efectos del derecho fiscal cuando en el país realice
actividades empresariales y, por tanto, está obligada a
cumplir con las mismas obligaciones fiscales, en los mismos
términos y bajo las mismas disposiciones, establecidas para
las personas morales en las leyes fiscales.
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