De acuerdo con la legislación fiscal, las personas morales tienen, entre
otras, la obligación de llevar las cuentas siguientes:
1. Cuenta de capital de aportación (Cuca).
2. Cuenta de utilidad fiscal neta (Cufin).
Estas cuentas permiten determinar la existencia, o no, de utilidades
gravables sujetas al pago del ISR cuando se reparten dividendos o
utilidades y se lleva a cabo una reducción de capital o una liquidación
de personas morales.
Dado que desde el 1o. de enero de 2014 las personas físicas están
sujetas a una retención de 10% del ISR sobre los dividendos
distribuidos por las personas morales residentes en México, cuando
provengan de las utilidades generadas a partir del ejercicio de 2014,
las personas morales deberán mantener la Cufin con las utilidades
generadas hasta el 31 de diciembre de 2013 e iniciar otra con las
utilidades generadas a partir del 1o. de enero de 2014, con el
propósito de identificar de qué Cufin provienen los dividendos o
utilidades distribuidos a las personas físicas para saber si procede
efectuar la retención de 10% del ISR.
En el desarrollo de la presente obra abordamos, de forma clara y
precisa, cómo se constituye cada una de estas cuentas, qué elementos
las integran y cuáles son sus implicaciones fiscales, entre otros
aspectos, por lo que será de suma utilidad para los interesados en el
tema.
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